¿Cuáles son las diferencias entre separación de bienes y gananciales?

Tabla de contenido

Si planeas casarte o hacer vida en pareja es necesario pensar en el futuro y entender que el matrimonio es una comunidad de vida, donde habrá acuerdos personales, sentimentales y económicos.

Entonces, antes de casarte o legalizar tu unión de hecho es importante que sepas que hay decisiones que deberán tomar para gestionar sus bienes. Estas medidas son consideradas para aplicarse, no tanto durante el matrimonio, si no en la disolución del mismo (en caso de que llegase a ocurrir, claro está).  

¿Qué es un régimen matrimonial?

No es más que una serie de normas que se establecen en un matrimonio con el objetivo de regular la economía familiar. Cada pareja puede elegir el que mejor se adapte a su contexto según sus necesidades y expectativas.

Según la normativa colombiana, existen dos tipos de regímenes de bienes en el matrimonio y la unión de hecho.

Diferencias entre los regímenes de bienes

Régimen de bienes gananciales:

Este tipo de régimen tiene como objetivo equilibrar las cargas económicas y mantener la igualdad dentro del matrimonio. Y se aplica de manera automática como disposición legal al contraer matrimonio o unión de pareja de hecho, a menos que se firmen capitulaciones de separación de bienes.

¿En qué consiste?

Al legalizar la unión se crea una sociedad donde estarán todos los bienes de los cónyuges o convivientes y se creará una especie de copropiedad.

Es decir, que todos los bienes de la pareja sin importar quién los adquiera son propiedad de los dos.

En este tipo de régimen es indiferente si:

  • La adquisición del bien la realizó uno solo de los cónyuges o convivientes.
  • Se trata de un bien adquirido con el dinero producto de su trabajo.
  • Alguno de los cónyuges o convivientes no trabaja o no aporta gastos del hogar.

También se entiende que, durante la vigencia de la unión marital, la gestión del patrimonio siempre dependerá de la pareja en conjunto y no de manera individual. Es por eso que en caso de venta o traspaso de alguno de estos bienes es necesario el consentimiento de los dos cónyuges o convivientes.

Régimen de separación de bienes por capitulaciones:

Éste tipo de régimen debe fijarse con anterioridad a la celebración del matrimonio.

¿En qué consiste?

Como su nombre lo dice, se trata de la separación total de los bienes. Esto quiere decir que cada cónyuge o conviviente es dueño exclusivo de los bienes antes o durante la relación matrimonial, y tendrá la libertad de administrarlos sin necesidad de la firma o consentimiento de su pareja.

Ahora bien, en caso de querer ser dueños de una propiedad en conjunto, ambos deberán concurrir a la compra.

Me caso, ¿cuál régimen debo elegir?

Es importante que tengas en cuenta que si no especifican ni se lleva a cabo el papeleo debido, se impondrá por defecto el régimen de bienes gananciales.

Éstas son algunos aspectos que debes valorar antes de tomar una decisión:

  • ¿Quieres ser dueño de tu patrimonio y no repartir tus ingresos económicos con tu cónyuge o conviviente? Si quieres esto y disponer de tu patrimonio de forma libre, debes firmar una separación de bienes.
  • Aunque se esté en separación de bienes, ambos cónyuges pueden tener bienes comunes adquiridos de forma conjunta durante el matrimonio.

Descubre las ventajas de cada uno de los regímenes:

Protege el futuro de tu pareja

Cuando te casas o firmas un acuerdo de unión de hecho es porque esperas pasar el resto de tu vida con esa persona, ¿cierto?. Tienen la idea de vivir un futuro juntos, de crecer como pareja, de compartir nuevos proyectos y de alcanzar metas.

Una de las mejores maneras de cuidar y proteger ese futuro juntos, es contratar un seguro de vida que garantice esa protección del futuro si llegases a faltar. Descubre porqué es importante tener un seguro de vida y si eres recién casado sigue estos tips para gestionar las finanzas de la mejor manera.

Al momento de contratar una póliza de vida, designas a un beneficiario, quien puede ser tu cónyuge, y es quien recibirá el monto asegurado cuando ya no estés; permitiéndole así sobre llevar gastos que antes compartían y que ahora deberá llevar por sí solo.

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